Fiscales fortalecen sus conocimientos en el tratamiento de delitos sexuales
El tipo de violencia más invisibilizado es aquel que vulnera la integridad sexual de las víctimas, cuya impunidad se debe en gran parte a la falta de denuncia, y a la complejidad del delito, por esta razón la Fiscalía General del Estado congregó a los fiscales especializados en este tipo de infracciones al taller denominado “No a la Impunidad de los Delitos Sexuales”, que se desarrolló este jueves 22 de noviembre de 2012.
El objetivo de esta jornada académica fue intercambiar experiencias reales generadas durante la práctica laboral de operadores de justicia, además de proponer soluciones integrales a las dificultades que aún se presentan durante las distintas etapas procesales.
Las cifras estadísticas respecto de estos delitos son desalentadoras, a decir de Rosario Gómez, directora (E) del Sistema de Protección y Asistencia a Víctimas, Testigos y otros Participantes en el Proceso Penal (SPAVT), del total de casos que llegan al Sistema, el 50% están relacionados con delitos sexuales, y de estos, sólo el 2% llega a sentencia condenatoria. Frente a esta realidad, la Fiscalía invierte recursos para mejorar las condiciones de trabajo y garantizar celeridad en la judicialización de estos casos.
Este espacio permitió a fiscales y servidores públicos exponer las trabas y dificultades de su trabajo diario, las mismas que se relacionan a la falta de colaboración por parte de las víctimas y sus allegados, las estrategias usadas por los procesados a fin de dilatar el proceso, y por la complejidad misma de este tipo de delitos.
Dilsa Muñoz, fiscal especializada en delitos sexuales destacó la importancia de dar atención prioritaria a la víctima, además se refirió a las ventajas del uso de la Cámara de Gesell, principal herramienta investigativa en este tipo de procesos judiciales, “de esta manera evitamos la revictimización de las personas afectadas, evitamos que la víctima tenga contacto con su agresor”.
Código Penal
El Art. 513 establece que el delito de violación será reprimido con reclusión mayor especial de 16 a 25 años, cuando la víctima es menor de 14 años. Y con reclusión mayor extraordinaria de 12 a 16 años, en caso de que la persona afectada se hallara privada de la razón o del sentido, no pudiera resistirse al ataque o cuando el agresor usare la violencia, amenaza o intimidación