22 años de cárcel por violación a adolescente con discapacidad

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 267-DC-2019

22 años de cárcel por violación a adolescente con discapacidad

La Corte Provincial de Justicia de Imbabura aceptó el recurso de apelación interpuesto por Fiscalía y dictó sentencia condenatoria.

Ibarra, 19 de agosto de 2019.- En la parroquia Ambuquí, cantón Ibarra, Laureano Y. agredió sexualmente a su hijastro –quien tiene un 45% de discapacidad intelectual– desde que tenía 11 años hasta cuando cumplió 23, en 2018. La víctima denunció el hecho en el subcentro de Salud de la parroquia Alpachaca y, de inmediato, Fiscalía inició un proceso penal en contra del agresor.

Durante la audiencia de juzgamiento, en marzo de 2019, la Fiscalía demostró la participación del victimario, principalmente con el testimonio anticipado de la víctima, en el que relató lo sucedido. También del médico legista, que confirmó la violación, y de la trabajadora social y de la psicóloga del subcentro de Salud, a donde el joven acudió en un primer momento.

Los psicólogos de la Fiscalía también aportaron con las valoraciones realizadas, tanto a la víctima como al victimario, que determinaron el estrés postraumático del joven y el perfil de agresor sexual de Laureano Y.

Fiscalía además expuso, como prueba documental, los certificados biométricos del Registro Civil y del Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis).

Pese a tener esas pruebas, el Tribunal de Garantías Penales de Imbabura ratificó el estado de inocencia de Laureano Y. Sin embargo, la fiscal especializada en Violencia de Género, Sandra Quinteros, interpuso un recurso de apelación, cuya audiencia se desarrolló en julio de 2019 y el fallo se notificó por escrito el pasado 6 de agosto.

La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Imbabura acogió los argumentos expuestos por la fiscal Quinteros y declaró la culpabilidad de Laureano Y., por lo que fue sentenciado a veintidós años de pena privativa de libertad. La Sala consideró que existió la materialidad de la infracción y la responsabilidad del acusado, valorando así todo lo presentado por la Fiscalía.

 

 

 

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