Prófuga y sentenciada por peculado, detenida en Ambato

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 112-DC-2019

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Pruebas presentadas por Fiscalía motivaron sentencia de 10 años, dictada en 2016. Era la séptima más buscada de Tungurahua.

Ambato, 31 de mayo de 2019.- Fue sentenciada en 2016 por el delito de peculado, pero estuvo prófuga de la justicia hasta la noche del 29 de mayo de 2019. Era la séptima más buscada de la provincia de Tungurahua.

La Fiscalía de Tungurahua, en conjunto con elementos del Bloque de Búsqueda de la Dirección Nacional de la Policía Nacional, en un operativo coordinado, detuvo Silvia S.A, de 59 años, en el domicilio de un familiar, en la ciudad de Ambato.

En el año 2016 fue sentenciada a diez años de pena privativa de libertad, como responsable del delito. Desde que se conoció la decisión judicial, se mantuvo prófuga.

La hoy detenida se desempeñaba como vocal principal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Pequeña Empresa de Tungurahua (CACPET), y tenía la facultad de decisión dentro del Consejo Administrativo y habría aprobado 18 créditos a su favor.

Contexto
El 31 de mayo de 2015, Diego Andrade, representante de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), presentó ante la Fiscalía una denuncia en la que indicaba que había delegado un equipo de supervisión a la entidad financiera mencionada, para evaluar el gobierno cooperativo, la situación económica financiera y la tecnología de la información.

Según la Fiscalía, como resultado de ese informe, la entidad financiera habría entrado en un proceso de cierre por falta de liquidez económica, perjudicando a aproximadamente 600 ahorristas y que –según el balance emitido por el liquidador, Dr. Celso Villegas, con fecha 15 de junio de 2016– a título de reporte de cartera pendiente de cobro, el perjuicio sería de 15’077.135,33 dólares.

En 2016, la Fiscalía –representada por el Dr. Edison Fernando Villegas Zúñiga– de la Fedoti 1, presentó ante el juez (en la audiencia de juzgamiento) el informe y la auditoría de la SEPS, las versiones rendidas en el proceso, el reconocimiento del lugar de los hechos, copia certificada de la resolución de la SEPS, en la que se liquida la Cooperativa CACPET; los manuales y estatutos de la cooperativa respecto al Consejo de Administración y de Vigilancia, copias de la auditoría, las versiones de los perjudicados y varios informes contables. Estos elementos de convicción permitieron sustentar la responsabilidad de ocho personas.

Por pedido de la Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales dictó una pena de diez años de privación de la libertad, en contra de Jaime Bladimir S. V., Juan Jaime A. Ch., Miguel Alfredo S. J., Gioconda A. C., Gustavo Mackenzie Z. V., Silvia Marlene S. A., Byron Eduardo S. B. y Roberto Mauricio L. V., en calidad de autores directos del delito de peculado. Dos de ellos están cumpliendo su pena, mientras que los demás implicados están prófugos de justicia.

Dato: 
La pena por el delito de peculado está tipificado en el Art. 257, inciso 4, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en relación con el Art. 278, inciso 4, del mismo cuerpo legal.

 

 

 

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