Exasesora de la Asamblea Nacional llamada a juicio por presunto delito de enriquecimiento ilícito
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 021-DC-2019
Quito 29 de enero de 2019.- Por pedido del fiscal Juan Carlos Zúñiga, la jueza de Garantías Penales, María Elena Lara, dictó auto de llamamiento a juicio en contra de Viviana de la C., exasesora de la Asamblea Nacional, por su presunta participación en el delito de enriquecimiento ilícito.
En la reanudación de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, realizada en el Complejo Judicial de Iñaquito, la magistrada ratificó las medidas cautelares dictadas en contra de la procesada de presentarse periódicamente ante la Fiscalía, no salir del país y la prohibición de enajenar sus bienes por un monto de USD 145.000.
Entre los elementos de convicción que la Fiscalía presentó constan: un Informe co Indicios de Responsabilidad Penal (IIRP) derivado del examen especial a las declaraciones patrimoniales presentadas por la procesada; las versiones de funcionarios de la Contraloría General del Estado (CGE) y del exasambleísta Leandro C.; así como una pericia contable y otras diligencias levantadas durante la investigación.
Según la Fiscalía, del análisis efectuado al movimiento de las fuentes (depósitos en la cuenta bancaria) y el uso de los recursos percibidos por la exasesora en la Asamblea Nacional – entre julio de 2009 y diciembre de 2012- se determinó que el movimiento económico, relacionado con sus ingresos, no es coherente y además no justificó el origen de los depósitos en sus cuentas bancarias por USD 145.000.
El fiscal litigante recordó que dentro de la instrucción fiscal se receptaron versiones de la procesada y excolaboradores del asambleísta, así como el detalle de transferencias enviadas a la cuenta de la exasesora, que hacían presumir los denominados “diezmos” que al parecer los captaba Viviana de la C., en beneficio del asambleísta.
Por ello, en la etapa de instrucción fiscal solicitó a la Contraloría que se realice un IIRP al ex asambleísta Leandro Cadena, con miras a una posible vinculación. Sin embargo, la respuesta de la institución fue negativa.
Con ese antecedente, el fiscal Juan Carlos Zúñiga remitió copias certificadas del expediente (aproximadamente 10 cuerpos, 1.000 fojas) para que la Fiscalía General del Estado, por el fuero de Corte Nacional, abra una investigación previa al exasambleísta.
Dato:
El artículo 279 del Código Orgánico Integral Penal, COIP, sanciona el delito de enriquecimiento ilícito con una pena privativa de siete a diez años, cuando la infracción supere los 400 salarios básicos unificados.
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