Corte Provincial ratifica la sentencia en contra de María Sol L., exfuncionaria del IESS

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 176-DC-2018

Corte Provincial ratifica la sentencia en contra de María Sol L., exfuncionaria del IESS

Quito, 28 de agosto de 2018.- En audiencia de apelación, solicitada por la defensa técnica de María Sol L., ex funcionaria del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha resolvió ratificar la sentencia emitida por el Tribunal de primera instancia, donde se le impuso una pena privativa de libertad de 12 meses.

Por este caso de tráfico de influencias, María Sol L. es la única que ha recibido sentencia debido a que se sometió a un procedimiento abreviado, aceptando la culpabilidad en los hechos que se le imputaron. En la causa se encuentran procesadas cuatro personas más, sobre las cuales se dictó auto de llamamiento a juicio y cuya audiencia de juzgamiento se encuentra pendiente.

Por esta razón, la Sala Penal añadió en su resolución, que la reparación integral deberá ser asumida de forma proporcional por todas las personas que sean encontradas culpables en el proceso. Según un peritaje contable el monto de la afectación al Estado ascendería a USD 459.665.

María Sol L, fue coordinadora del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y una de sus labores era supervisar los procesos de contratación pública en los centros de salud de la institución.

En este caso, la investigación dela Fiscalía inició luego de la emisión de un Informe con Indicios de Responsabilidad Penal por parte de la Contraloría General del Estado que determina una serie de irregularidades en un proceso de contratación de servicios de limpieza para los hospitales de Santo Domingo y Babahoyo.

Se determinó que la sentenciada solicitó una inversión mayor a los USD 2,9 millones para este servicio que fue adjudicado a una empresa que, según resultados de la investigación, no cumplió con los requisitos mínimos para ganar el concurso.
Además, se conoció que la empresa que ganó la adjudicación tampoco cumplió con las condiciones establecidas en el contrato.

Dato:

María Sol L. solicitó someterse al procedimiento abreviado, aceptando su responsabilidad como autora del delito de tráfico de influencias. Por tal motivo la pena impuesta fue menor a lo que establece el artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal, COIP, que sanciona a esta infracción con una pena privativa de libertad de 3 a 5 años.

 

 

 

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