Jueces de la Corte Nacional rechazan suspensión condicional de la pena solicitada por Vicepresidente de la República
BOLETÍN DE PRENSA FGE NO. 241-DC-2017
Quito, 21 de diciembre de 2017.- El Tribunal de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia negó el pedido de suspensión condicional de la pena realizado por la defensa de Jorge G., Vicepresidente de la República, sentenciado a 6 años de pena privativa de libertad por su participación en el delito de asociación ilícita en el caso Odebrecht.
Esta es la resolución que dieron a conocer los jueces luego de la audiencia realizada esta mañana, en la que intervino el Fiscal General del Estado, Dr. Carlos Baca Mancheno, quien se opuso a este pedido pues explicó que no se cumplen los requisitos 1 y 3 del artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
El primer requisito es que la pena privativa de libertad prevista para la conducta no exceda de 5 años y en este caso, Jorge G. fue sentenciado a 6 años, es decir esto excluye la posibilidad de la suspensión.
Asimismo, otra exigencia de este artículo es que la modalidad y gravedad de la conducta sean indicativos de que no existe necesidad de la ejecución de la pena. En este sentido, el Fiscal General expresó que el pasado 13 de diciembre el Tribunal de la Sala Penal dictó sentencia aplicando circunstancias agravantes, por lo que este requisito queda descartado.
Carlos Baca Mancheno indicó que lo fundamental es guiarse por la brújula de la Ley y rechazó que la defensa del Vicepresidente trate los asuntos legales fuera de la sala de audiencias. Asimismo reiteró su compromiso de continuar en su lucha contra la corrupción y la impunidad en todos los ámbitos.
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