Pese a recusación del Fiscal General en caso Dahik, juez Ulloa emite providencia
Quito, 26 de enero del 2012.- A pesar de que Hernán Ulloa Parada, juez de la primera Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, fue recusado (separado del caso) el 25 de enero del 2012 a las 10:10, emitió una nueva providencia sobre el caso Dahik a las 14:00 del mismo día, violando norma expresa que lo inhabilita para seguir en ese proceso.
“Desde la presentación de la recusación, ni el juez ni la sala podían tomar ningún acto jurisdiccional. El momento que esta recusado no puede actuar un juez”, aclaró Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, señalando que todo acto jurídico que sobre el caso Dahik pretenda hacer el juez Ulloa Parada carece de legalidad.
En la providencia que Hernán Ulloa, emitió seis horas después de ser recusado, realiza un recuento histórico de la doctrina legal en cuanto a los derechos humanos y el nacimiento de las Leyes. Mas, de forma intencionada evita pronunciarse sobre lo actuado durante el proceso en contra de Alberto Dahik y sobre las pruebas presentadas por la Fiscalía General para demostrar la existencia material del delito de peculado y enriquecimiento ilícito durante la administración del ex Vicepresidente.
Según el art. 864 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia con el art. 164 del Código Orgánico de la Función Judicial, los ministros, jueces, y demás servidores de justicia que fueren recusados no intervendrán en la causa principal hasta que se falle sobre la recusación. En caso de contravenir lo señalado en el artículo anterior, los actos efectuados luego de la recusación “serán nulos y de ningún valor”.
Luego de que el fiscal, Galo Chiriboga, recusara al juez Ulloa, y al no estar ejecutoriada la resolución de este último anulando el juicio en contra de Alberto Dahik, la causa en contra del ex Vicepresidente sigue abierta y vigente, aunque en suspenso hasta que la nueva Corte Nacional de Justicia retome nuevamente el proceso.
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