9 años de cárcel por abusar sexualmente de su hija

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 170-DC-2019

Imagen de boletín: 9 años de cárcel por abusar sexualmente de su hija

Fiscalía alcanzó justicia para la menor, que fue abusada por su padre en 2017.

Ambato, 04 de julio de 2019.- Estuvo prófugo de la justicia desde 2017, fue uno de los más buscados de la provincia de Tungurahua y hace dos meses fue capturado por la Policía Nacional.

Ocurrió por primera vez en noviembre de 2017, cuando la víctima tenía once años.

Era costumbre que su madre se levantara en la madrugada para lavar ropa, en un lugar de la vivienda alejado de su habitación, y que la niña se dirigiera al cuarto de sus padres para dormir hasta que sea hora de ir al lugar se sus estudios. Sin embargo, esa mañana, su padre, Emilio T. Z., procedió a desnudarla y a tocar sus partes íntimas.

Repitió el abuso en diciembre del mismo año.

La víctima tenía miedo de contar lo que le ocurría en casa, por lo que recurrió a las autoridades de la escuela, quienes le ayudaron a poner en conocimiento el delito.

Una vez conocida la acusación en su contra, el agresor se dio a la fuga y se mantuvo prófugo hasta hace dos meses, cuando personal de la Policía Nacional dio con su paradero y lo capturó.

Audiencia

En la audiencia de juzgamiento, la fiscal Elizabeth Córdova, de la Unidad de Violencia de Género 2, sustentó la investigación con la denuncia presentada, el examen médico-legal de la víctima, el examen psicológico, el informe de las autoridades del centro educativo, el informe de la Dinapen, el informe de entorno social, el informe pericial de Criminalística, entre otros. Estos elementos comprobaron la responsabilidad penal del procesado.

Por tal razón, y una vez evacuadas todas las pruebas, el Tribunal de Garantías Penales –por unanimidad– declaró culpable a Emilio T. Z., como autor directo y responsable del delito de abuso sexual en contra de una menor de edad y lo sentenció a una pena de privación de libertad de nueve años y dos meses.

Dato Jurídico

El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170, inciso dos, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y aunque es sancionado con una pena privativa de libertad de cinco a siete años, en este caso se incrementó por la aplicación de las circunstancias agravantes en el artículo 48, numeral cinco, del mismo cuerpo legal, por compartir o ser parte del núcleo familiar de la víctima.

 

 

 

Información de contacto:

Dirección de Comunicación Social

comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec

Teléfono: 3985800 Ext. 173123