5 años de cárcel por microtráfico de drogas

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 062-DC-2021

5 años de cárcel por microtráfico de drogas

Guayaquil (Guayas), 19 de enero de 2021.- Tribunal de Garantías Penales de Guayaquil emitió sentencia condenatoria de cinco años de prisión para Juan Alberto B. B., por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. Fue detenido durante un operativo ejecutado en su domicilio, donde se incautaron envolturas cilíndricas que contenían heroína y paquetes de marihuana, droga destinada para el microtráfico y distribuida en el suburbio oeste de este cantón.

El fiscal de la Unidad de Delincuencia Organizada, Álvaro Romero Castro, en la audiencia de juicio desarrollada en la Unidad Judicial Albán Borja, presentó como pruebas el testimonio de ocho personas, entre agentes aprehensores, investigadores y peritos químicos forenses; el acta de pesaje y verificación de la droga incautada, las pruebas de campo y pericias químicas, los partes policiales, explotación de llamadas a celulares, entre otras.

Los jueces del Tribunal Penal, conformado por los magistrados Odalia Ledesma, Segundo Mina y Vanessa Vera, acogieron las pruebas presentadas por Fiscalía y emitieron la sentencia condenatoria contra el procesado, a quien impusieron, además, una multa de veinticinco salarios básicos unificados (10.000 dólares).

Fiscalía y la Unidad Antinarcóticos de la Policía Nacional, en un operativo ejecutado el 12 de mayo de 2018, encontraron al interior del domicilio del procesado, ubicado en las calles Leonidas Plaza y Callejón 43, recipientes que contenían 150 funditas de marihuana y varias capsulas con heroína. Esta última, al interior del refrigerador, listas para su comercialización.

Además, se incautó dinero en efectivo, un teléfono celular y otras evidencias, que fueron ingresadas en cadena de custodia, en las oficinas de Antinarcóticos de esta ciudad.

Las investigaciones determinaron que la droga era comercializada por el procesado desde su hogar.

Dato jurídico

Fiscalía procesó al sentenciado con base en el artículo 220, numeral 1, literal c (alta escala) del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, con una pena privativa de libertad de cinco a siete años.

 

 

 

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