40 años de prisión para responsable de femicidio y asesinato

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 666-DC-2019

40 años de prisión para responsable de femicidio y asesinato

Fiscalía demostró que el acusado cometió los dos crímenes, en presencia de dos niños.

Orellana, 22 de noviembre de 2019.- La Fiscalía de Orellana alcanzó justicia para los convivientes Alexandra Elizabeth G. H. y Efraín Polivio B. V., muertos la noche del 19 de diciembre de 2018.

Carlos C. C. fue sentenciado a la máxima pena acumulada, de cuarenta años de privación de la libertad como autor de femicidio y asesinato, adecuado a concurso real de infracciones, al finalizar la audiencia de juzgamiento, la mañana del 20 de noviembre de 2019.

La sentencia anunciada por el juez ponente del Tribunal de Garantías Penales de Orellana, Danny Escobar, fijó una indemnización económica de 50.000 dólares, repartida en partes iguales para las familias de las dos víctimas. Además de una multa de mil salarios básicos unificados.

En el juicio, el fiscal Álex Alajo, de la Unidad Especializada en Violencia de Género No. 4 de Orellana, presentó los testimonios de los integrantes de las dos familias, a quienes acudieron los gemelos de cinco años –hijos de Alexandra– para avisarles que don Carlos mató a su madre y al señor Efraín.

Al llegar a la casa de la pareja, los encontraron acuchillados y en el suelo. A pesar de los intentos por trasladarlos a una casa de salud, ambos fallecieron.

Horas antes de los crímenes, la pareja regresó a su domicilio después de compartir unas cervezas con las personas que les colaboraron en el trabajo de acarrear madera para construir una casa, entre ellos Carlos.

Casi de inmediato llegó Carlos a la casa de los convivientes y los agredió con un cuchillo en presencia de los gemelos, que le escucharon decirle a su madre: “te quiero ver infeliz”.

Dato de interés

Carlos C. C. fue procesado y sentenciado por el femicidio de Alexandra a veintiséis años de privación de libertad; y a otros 26 años por el asesinato de Efraín. Es decir, a cincuenta y dos años en total. Sin embargo, el Tribunal Penal acumuló las penas a cuarenta años de privación de la libertad, pues el artículo 55 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) determina que la acumulación de penas “procede hasta un máximo de cuarenta años”.

 

 

 

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