4 sentenciados por asociación ilícita para el tráfico de drogas

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 499-DC-2019

4 sentenciados por asociación ilícita para el tráfico de drogas

Uno de los sitios donde se expendían las sustancias era la zona de tolerancia de Cuenca.

Cuenca (Azuay), 16 de octubre de 2019.- En audiencia de formulación de cargos, los ciudadanos Ricardo B., Pablo C., Sonia B. y Narcisa C. solicitaron la aplicación del procedimiento abreviado y fueron sentenciados a un año de privación de libertad, por el delito de asociación ilícita para el tráfico de drogas.

Con respecto a otra de las procesadas, Leslie C., se seguirá el procedimiento ordinario, con una instrucción fiscal de setenta días. En contra de ella, el juez Felipe Córdova dictó orden de prisión preventiva, basándose en los elementos de convicción que sustentan el caso.

La investigación previa inició en julio pasado, con seguimientos, vigilancias y escuchas telefónicas a las actividades de los detenidos. Como resultado se evidenció que esta agrupación delictiva se reunía en el domicilio de dos de los sentenciados, donde se planificaban los actos ilícitos.

Según el fiscal Roberto Espinosa, la droga era comercializada en distintos puntos de la ciudad de Cuenca, como la zona de tolerancia, el sector Los Totems y la avenida Don Bosco.

Los cinco procesados fueron detenidos durante un operativo ejecutado por Fiscalía, en coordinación con la Unidad de Antinarcóticos del Azuay, la tarde y noche del martes 15 de octubre. Se allanaron cuatro inmuebles en los sectores La Gloria, ciudadela La Cascada, barrio La Estrella y la zona de tolerancia.

Dato Jurídico

Artículo 370 del COIP, asociación ilícita: cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos serán sancionados con pena privativa de libertad de menos de cinco años, cada una de ellas será sancionada, por el solo hecho de la asociación, con pena privativa de libertad de tres a cinco años. En este caso, cuatro de los procesados aceptaron su culpa y se acogieron al procedimiento abreviado.

 

 

 

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