4 sentenciados a 6 años de cárcel por comercializar y transportar armas de fuego, municiones y explosivos no autorizados

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 396-DC-2022

4 sentenciados a 6 años de cárcel por comercializar y transportar armas de fuego, municiones y explosivos no autorizados

Quito (Pichincha), 30 de mayo de 2022.- Fiscalía obtuvo sentencia condenatoria de seis años y ocho meses de pena privativa de libertad para Jonathan V., María C., Adrián S. y Carlos Ch. por el delito de comercialización y transporte de armas de fuego, municiones y explosivos no autorizados. Fueron detenidos el 29 de marzo de 2022, al noreste de Quito.

El juez de la Unidad Judicial con competencia en infracciones flagrantes, Rafael Pérez, acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y, además de la sentencia, les impuso a los procesados una multa de diez salarios básicos unificados.

En la audiencia de juicio directo, la fiscal Nadia Proaño presentó como pruebas: los testimonios de los agentes aprehensores, del agente investigador, del perito de Criminalística y de evidencias. A estos se suman el parte policial de aprehensión y los informes investigativos de la Policía Judicial, de reconocimientos del lugar de los hechos y de pericias balísticas.

También, las certificaciones emitidas por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en el cual se indicó que los ahora sentenciados no contaban con los permisos para comercializar armas y municiones.

Contexto

Durante un operativo, personal de la Policía Judicial ingresó hasta un local comercial ubicado en el sector de Calderón. En el lugar se encontraban el propietario del inmueble y tres ciudadanos más. Allí observaron un arma de fuego tipo fusil y dos tipo pistola sobre un escritorio. Además de una maleta que contenía en su interior varias municiones.

Al revisar un vehículo que estaba a pocos metros del local, hallaron en la cajuela cuatro cajas de cartón con ochenta cartuchos. Las evidencias incautadas fueron ingresadas en cadena de custodia.

Información jurídica

Este caso se procesó con base en el artículo 361 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con pena privativa de libertad de tres a cinco años a la persona que fabrique, suministre, adquiera, comercialice o transporte, sin la autorización correspondiente, armas de fuego, sus partes o piezas, municiones, explosivos, accesorios o materias destinadas a su fabricación.

 

 

 

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