4 años de prisión para Daniel S. B., Franklin L. S. y Jocelyn M. Z. por fraude procesal
BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1167-DC-2020
Guayaquil (Guayas), 16 de diciembre de 2020.- El Tribunal Penal del Guayas acogió el pedido de Fiscalía y emitió sentencia condenatoria de cuatro años de prisión contra Daniel S. B., procesado por el delito de fraude procesal, luego de que intentó huir a Perú y sufrió un accidente aviatorio, el pasado 8 de junio, en Zarumilla, Tumbes – Perú, tratando de evitar acciones judiciales por su presunta intervención en casos de adquisición y venta de insumos médicos, durante la pandemia por Covid-19.
Además, fueron sentenciados el piloto de la aeronave accidentada, Franklin L. S. (también como autor) y Jocelyn M. Z., presunta pareja sentimental del principal acusado (como coautora). Mientras tanto, la etapa de juzgamiento contra Alfredo A. Z. quedó suspendida, hasta que Fiscalía solicite y remita a los jueces el peritaje médico por el estado de salud del imputado.
En la audiencia de juicio –que terminó pasadas las 22:30 de este martes–, desarrollada en la Unidad Judicial Albán Borja, el fiscal de la Unidad de Delincuencia Organizada, Eduardo Díaz Zambrano, presentó entre los elementos probatorios el testimonio de 10 personas, entre ellas agentes investigadores de Criminalística y Policía Judicial.
También, los informes investigativos policiales y aeronáuticos, el de reconocimiento del lugar de los hechos, el ocular técnico, el de audio y video practicados a las cámaras de seguridad apostadas al interior y exterior del centro aeroportuario, y el reconocimiento de evidencias (bitácoras, plan de vuelo y más), ingresadas en cadena de custodia de la Policía Judicial.
Finalmente, las versiones receptadas a los procesados: del piloto de la aeronave, del administrador y de directivos y accionistas de la compañía aérea a la que pertenecía la avioneta accidentada; y, las versiones emitidas en primera instancia por Daniel S. B. y Jocelyn M. Z.
El Tribunal Penal, conformado por los jueces José Cañizares, Dora Vargas y Mónica Abad, como parte de la sentencia también les impusieron el pago de una multa de diez salarios básicos unificados (4.000 dólares) a cada uno de los condenados.
Antes de que se reinstalara la audiencia de juicio, los magistrados resolvieron un pedido de revocatoria de medidas cautelares interpuesto por Joselyn M. Z. y Alfredo A. Z., mismo que fue negado por “improcedente”.
Una vez reinstalada la diligencia –y luego de haber escuchado a la defensa técnica de Alfredo A. Z. –, los jueces decidieron que esta etapa quedara suspendida para él, hasta que Fiscalía solicite y realice un peritaje médico por la enfermedad que atraviesa el procesado, quien se encuentra asilado en una casa de salud de esta ciudad.
Dato jurídico
Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 272, incisos 1 y 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que indica que la persona que, con el fin de inducir a engaño a la o al juez, en el decurso de un procedimiento civil o administrativo, antes de un procedimiento penal o durante él, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Esta pena podrá ser incrementada en un tercio, con las agravantes del artículo 47, numerales 4 y 5, del mismo cuerpo legal.
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