34 años de cárcel para los responsables de la muerte de taxista informal

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 911-DC-2020

34 años de cárcel para los responsables de la muerte de taxista informal

Daule (Guayas), 13 de octubre de 2020.- Sobre la base de las pruebas documentales y testimoniales presentadas por Fiscalía, Tribunal de Garantías Penales del Guayas emitió sentencia condenatoria de treinta y cuatro años y ocho meses de prisión contra Julio Francisco C. L., Edwin Francisco O. V., Geovanny Arturo F. P. y Marlon Omar S. C., como responsables del delito de robo con resultado de muerte, del taxista informal Danny Daniel R. M., ocurrida en octubre de 2019, en Daule.

En la audiencia de juicio de este lunes 12 de octubre, en la Unidad Judicial Albán Borja, el fiscal Walter Jaramillo Lino sustentó la teoría del caso con el testimonio de doce personas, entre agentes investigadores, médicos legistas y familiares de la víctima; y presentó como pruebas documentales los informes de investigación levantados por la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones y Secuestros (Dinased), el de levantamiento de cadáver, el de autopsia, el de reconocimiento del lugar de los hechos y el de inspección técnica ocular.

A ello sumó el reporte de llamadas realizadas a los celulares de los procesados y el informe genético-forense, practicado a las vestimentas y al vehículo donde se desplazaban los ya sentenciados, donde se encontraron máculas de sangre de la víctima, constituyéndose como la principal prueba aportada al proceso.

Los jueces del Tribunal Penal, Allison Ramírez, Carlos Churta y Fernando Lalama, acogieron las pruebas presentadas por Fiscalía y emitieron la sentencia condenatoria, además de imponerle una multa de 1.333 salarios básicos unificados (533.200 dólares) y 250 salarios básicos unificados (100.000 dólares) prorrateados a cada uno (25.000 dólares), como reparación integral a los familiares de la víctima.

Contexto

La víctima, que se desempeñaba como taxista informal, fue abordada por dos de los procesados, el 18 de octubre de 2019. Ellos le solicitaron una carrera hacía un “night club” ubicado en la vía La T-Salitre. Esto, mientras los otros dos lo seguían en una camioneta.

En esta vía, que conecta también con la parroquia La Aurora, procedieron a detener la marcha del vehículo, iniciando el asalto a su conductor, quien opuso resistencia: fue agredido física y verbalmente y apuñalado por más de cuarenta ocasiones, lo que produjo su muerte de inmediata.

Una vez consumado el delito, los victimarios huyeron con el vehículo y las pertenencias de la víctima, pero fueron detenidos kilómetros más adelante, en el centro de esta parroquia, en un operativo desplegado por la Policía Nacional.

Dato jurídico

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 189, inciso 6, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, en concordancia con el artículo 47, numerales 5 y 7 (cuando la infracción es cometida por dos o más personas y cuando esta se realiza con ensañamiento en contra de la víctima), lo que aumenta hasta en un tercio la pena impuesta.

 

 

 

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