3 años de prisión por tener en su domicilio a un animal en peligro de extinción

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 048-DC-2022

3 años de prisión por tener en su domicilio a un animal en peligro de extinción

Sucúa (Morona Santiago), 21 de enero de 2022.- La Fiscalía de Morona Santiago obtuvo una sentencia de tres años de privación de libertad contra Ángel Eduardo M., como autor de un delito contra la flora y fauna silvestres.

La jueza María de Jesús Jerves también ordenó al sentenciado publicar en un medio de comunicación radial, un mensaje respecto a la prohibición de poseer animales en peligro de extinción.

En la audiencia de procedimiento directo, desarrollada durante tres días –entre el 14 de diciembre de 2021 y el 20 de enero de 2022, el fiscal Dennys Benavides expuso que en noviembre de 2021, personal de la Policía Nacional y del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica acudió hasta un domicilio de la ciudad de Sucúa, donde se encontraba un espécimen de vida silvestre, encadenado a una columna metálica.

Al entrevistar al propietario del inmueble, Ángel Eduardo M., mencionó que adquirió el espécimen en una comunidad Shuar de la localidad: una mona araña (Ateles belzebuth), que está en el listado de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

Por tratarse de un delito flagrante, el infractor fue detenido y el animal trasladado hasta el Centro de Paso de Fauna Silvestre “Uñushi”, para su respectivo cuidado.

Durante su testimonio, la perito que efectuó el reconocimiento y valoración del animal, concluyó que fue extraída de su hábitat a temprana edad y mantenida en cautiverio, que ha perdido gran parte del comportamiento natural de su especie y que difícilmente podría sobrevivir sin cuidado humano, por lo que tendría que permanecer en un centro de manejo de vida silvestre. Además, refirió que tiene retrasos en su crecimiento.

También rindieron testimonio personal del Ministerio del Ambiente y agentes de la Policía Judicial.

Información jurídica

Ángel Eduardo M. fue sentenciado con base en el artículo 247, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito contra la flora y fauna silvestres, con privación de libertad de uno a tres años.

 

 

 

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