3 años de prisión por delito contra la flora y fauna

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 094-DC-2023

Imagen de boletín: 3 años de prisión por delito contra la flora y fauna

Guayaquil (Guayas), 31 de enero de 2023.- Tribunal acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y emitió sentencia condenatoria de tres años de pena privativa de libertad en contra del ciudadano Paúl Adolfo T. M., por el delito contra la flora y fauna, por la desaparición de 123 crías de tortugas gigantes del centro de crianza “Arnaldo Tupiza”, ubicado en la Isla Isabela, Galápagos, el pasado 27 de septiembre de 2019.

También se dispuso una multa de 10 salarios básicos unificados, la enajenación de bienes y cuentas bancarias por un monto de 4.000 dólares y 669.000 como reparación integral al Parque Nacional Galápagos (PNG). En su resolución, el Tribunal también ratificó el estado de inocencia de otros tres procesados, Daniel T. T., Gustavo F. G. y Edison M. M.

En audiencia de juzgamiento, el fiscal Christian Farez Falconí llamó a testificar a treinta personas, entre agentes investigadores, aprehensores, peritos de recursos de especies, entre otros. También, presentó varias pruebas documentales como informes periciales de extracción de información de audio y video de teléfonos celulares, cotejamiento de voces de dispositivos, triangulación de llamadas telefónicas, la denuncia de las autoridades del Parque Nacional Galápagos, entre otras.

Las investigaciones determinaron que las tortugas de este centro de crianza fueron suplantadas por tortugas silvestres de manera sistemática y que varias personas involucradas aparentemente manejaban inventarios de individuos y especies, las habrían sido comercializadas de forma ilegal en Ecuador y Perú.

Para la Fiscalía, el delito se demostró, sobre todo, con la extracción de conversaciones del sentenciado con uno de los testigos (funcionario del PNG), quien grabó el diálogo. En él refería a la forma de traficar las especies, indicando la ruta del traslado desde Galápagos hacia Guayaquil y luego –por vía terrestre– hacia el Perú, donde se contactaría con ciudadanos de nacionalidad china.

Información jurídica:

Este caso se procesó por el delito contra la flora y fauna silvestres, tipificado en el artículo 247, numeral 2 y 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que es sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años.

 

 

 

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