29 años de prisión por violación a su expareja
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 957-DC-2023
Cuenca (Azuay), 19 de septiembre de 2023.- Boris Patricio P. fue sentenciado a veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad, como autor del delito de violación cometido contra su expareja.
La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay emitió el fallo, tras acoger los argumentos de Fiscalía que – en audiencia de apelación- solicitó que se deseche la sentencia de un Tribunal Penal que ratificó el estado de inocencia de Boris Patricio P., enero de 2022.
La titular de la Fiscalía Multicompetente del cantón Sígsig mencionó ante los jueces de segunda instancia que, en la audiencia de juicio, se presentaron las pruebas que demostraron el cometimiento del delito y la responsabilidad del ahora sentenciado. Sin embargo el Tribunal no realizó una adecuada valoración de los mismos.
Los hechos
El 14 de septiembre de 2020, mientras la víctima conversaba con un amigo afuera del domicilio de él, en el cantón Sígsig, llegó la expareja de ella. Al verlo corrió atemorizada e ingresó a la vivienda, trató de cerrar la puerta. Pero Boris Patricio P. logró ingresar y la obligó a salir.
El hombre llevó a su expareja hasta un terreno baldío -en un sector despoblado-, donde le pidió que le entregue la clave del celular y la agredió de forma física y sexual.
Tras el ataque, el ahora sentenciado continuó golpeando a su expareja. Entonces, ella logró escapar y pedir ayuda a los vecinos, quienes llamaron al ECU 911. Agentes de la Policía llegaron al lugar y trasladaron a la víctima hasta una casa de salud.
Fiscalía acusó a Boris Patricio P. con base en el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de personas allegadas a ella y de los peritos que realizaron las valoraciones médico-legal, psicológica y de trabajo social.
Información jurídica
Boris Patricio P. fue sentenciado de acuerdo al artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona el delito de violación con privación de libertad de diecinueve a veintidós años. La pena se incrementó porque los jueces consideraron las circunstancias agravantes 5 y 9 del artículo 48, de este cuerpo legal.
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