29 años de prisión por la violación perpetrada contra su cuñada de 11 años

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 753-DC-2021

29 años de prisión por la violación perpetrada contra su cuñada de 11 años

Joya de los Sachas (Orellana), 10 de agosto de 2021.- Todas las pruebas presentadas por la Fiscalía de Orellana apuntaron a Antonio Elías A. A. como autor de violación, por lo que un Tribunal de Garantías Penales de Orellana lo sentenció a la pena agravada de veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad.

El fiscal Leonardo Falconí Cárdenas demostró, durante la audiencia de juzgamiento, que el procesado (28 años) cometió la violación contra la hermana de su esposa, una adolescente de 11 años, bajo amenazas de golpearla si lo delataba e intimidándola con que ella iba a ser “su mujer”, porque “botaría” a su hermana.

Este relato –que es parte del testimonio anticipado de la víctima– fue valorado como creíble y concordante por las peritas psicóloga y trabajadora social, y replicado en sus respectivos testimonios ante los jueces.

Y así lo consideró el Tribunal Penal en la sentencia: “al ser los delitos sexuales cometidos en reserva y clandestinidad, el criterio de la víctima debe tener un valor probatorio contundente […]. El criterio de la víctima tiene que estar relacionado con las demás pruebas presentadas, las cuales deben analizarse en conjunto y no por separado”, determina la sentencia.

La carga probatoria de Fiscalía se impuso a la teoría del caso de la defensa, que apuntaba a que el autor del delito era el padre biológico de la víctima. Afirmó que existía una denunciada por dicho delito y que la niña estaría en estado de gestación, a causa de una supuesta agresión sexual de su progenitor.

Sin embargo, no hubo pruebas documentales que respalden esta historia: “es insólita la alegación de la defensa el señor abogado, que hace conocer verbalmente –sin prueba alguna– que hay una denuncia en contra del padre de la víctima, como la persona que ha violado a la adolescente y que está embarazada”, indicó el Tribunal Penal. A lo que se añade que el procesado se acogió al derecho constitucional al silencio, durante su juzgamiento.
Los hechos sucedieron el 27 de marzo de 2020 en Joya de los Sachas. La familia de la víctima recibió la invitación del agresor para que vivan en su casa hasta que pase la pandemia de Covid-19, puesto que –por la falta de trabajo– no tenían recursos económicos para mantenerse.

Información jurídica

Este caso fue procesado según el artículo 171, inciso primero, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): cometer violación en una persona menor de 14 años. La pena aumentó en un tercio por las agravantes existentes, contempladas en el artículo 48, numerales 6 y 9, mismo cuerpo legal: aprovecharse de la vulnerabilidad económica y conocer a la víctima con anterioridad.

 

 

 

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