29 años de prisión por la violación a una joven con discapacidad del 65%

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 798-DC-2021

29 años de prisión por la violación a una joven con discapacidad del 65%

24 de Mayo (Manabí), 23 de agosto de 2021.- Tras haber analizado las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, Tribunal de Garantías Penales dictó sentencia de veintinueve años y cuatro meses de pena privativa de libertad contra Xavier V., quien fue declarado culpable del delito de violación, perpetrado en una joven de 23 años con discapacidad intelectual de 65%.

La joven, quien habitaba en el sector de conocido como “Agua Fría” del cantón 24 de Mayo, en Manabí, contó a su madre que había sido víctima de una agresión, razón por la cual se dio aviso a las autoridades, que actuaron de forma inmediata y aprehendieron al sospechoso en delito flagrante.
Luego de las primeras diligencias, Fiscalía contó con los elementos necesarios para formular cargos por un presunto delito de violación.

En la audiencia de juicio, el Fiscal del caso presentó, como principales medios probatorios: la pericia médica practicada a la víctima, con la que se determinó la materialidad de la infracción; la pericia psicológica, que evidenció la afectación por el hecho suscitado; la de entorno social, en la que se establece la vulnerabilidad que tenía por su discapacidad y por la cercanía con el victimario, quien es tío –no reconocido– de la madre de la víctima.

También, se presentó el testimonio de la víctima, tomado en cámara de Gesell con asistencia psicológica, y el testimonio anticipado de la hermana menor de edad de la víctima que presenció en hecho.

A ello se sumaron los testimonios de los agentes aprehensores y el de la madre de la víctima, a quien contó lo ocurrido, y los informes investigativos.
Las pruebas fueron analizadas por parte del Tribunal para dictar sentencia contra Xavier V. en calidad de autor directo. La reparación integral será informada al momento de la emisión de la sentencia escrita.

Información jurídica

El delito de violación está tipificado y sancionado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Además, se aplicaron agravantes, lo que aumentó en un tercio la pena impuesta, por la discapacidad de la víctima y porque le victimario la conocía con anterioridad a la comisión de la infracción.

 

 

 

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