29 años de cárcel por la violación a una adolescente con discapacidad intelectual del 60%

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1301-DC-2024

Imagen de boletín: 29 años de cárcel por la violación a una adolescente con discapacidad intelectual del 60%

Caluma (Bolívar), 29 de noviembre de 2024.- A veintinueve años de prisión fue sentenciado Wilson Napoleón S. G. La Fiscalía General del Estado demostró su responsabilidad en el delito de violación ante el Tribunal de Garantías Penales de Bolívar.

El fallo incluye el pago de una multa y de una reparación integral, cuyos montos serán notificados en la sentencia escrita.

En la audiencia de juicio, el Fiscal del cantón Caluma demostró que, en junio de 2017, la adolescente de 17 años (a la fecha de los hechos) –con una discapacidad intelectual del 60%– fue violentada sexualmente en varias ocasiones por el ya sentenciado, por medio de la utilización de la fuerza y aprovechándose de su condición.

Estos hechos ocurrieron en el domicilio de la agraviada y en un terreno del sector de “Tablas Grandes” del cantón Caluma. Producto del hecho, la víctima resultó embarazada.

Entre los medios de prueba que presentó Fiscalía, se incluyen: el testimonio anticipado de la adolescente, testimonios de los peritos que practicaron el reconocimiento del lugar de los hechos, la pericia ginecológica, psicológica y de entorno social, la pericia de ADN –que demuestra que el padre del bebé es el ya condenado– y el carné de discapacidad.

Información jurídica

El delito de violación está tipificado en el artículo 171, inciso primero, numerales 1 y 2 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y aunque es sancionado con una pena de diecinueve a veintidós años, se aplicaron las circunstancias agravantes a la infracción, tipificadas en el artículo 48, numeral 4, del mismo cuerpo legal: si la víctima está o resulta embarazada, se halla en la etapa de puerperio o si aborta como consecuencia de la comisión de la infracción.

 

 

 

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